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Una PKI la componen todos aquellos
elementos necesarios para el uso de criptografía asimétrica o de clave
pública, básicamente: |
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Autoridades de Certificación (AC):
Agentes externos, ajenos a la transacción, que garantizan la validez de las
partes. |
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Certificados: Emitidos por las AC,
permiten verificar la identidad de sus titulares al incluir datos como: |
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Identidad del titular del certificado |
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Datos de la Autoridad Certificadora |
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Fecha de validez del certificado |
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Clave pública del titular |
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Firma digital de la Autoridad de
Certificación |
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Un certificado permite garantizar la autentificación. |
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No existe un estándar único para la
creación de una PKI. |
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El protocolo SSL (Secure Socket Layer),
propuesto por Netscape en 1994, establece un canal de comunicación seguro
usando cifrado simétrico y asimétrico: |
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1) Generación de clave simétrica (DES). |
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2) Transmisión de la clave simétrica usando criptografía de clave
pública (RSA). |
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3) Cifrado de los mensajes con la clave simétrica. |
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Proporciona: cifrado, autentificación
de servidores, integridad. |
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Aplicación en comercio electrónico: |
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Protege el envío de datos de compra. |
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Autentifica al comercio, no al cliente. |
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Fácil de implementar y de bajo coste. |
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El comercio conoce los datos de pago. |
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SSL crea confianza del cliente hacia el
comercio, pero no a la inversa. No es un protocolo específico para pagos por
Internet. |
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Estándar apoyado por Visa y MC junto con varios fabricantes (IBM,
Netscape, Microsoft.) Es un protocolo específico para pagos seguros. |
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En una transacción SET intervienen: |
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Aplicación de cartera del titular.
Almacena datos personales e información de pago de los compradores. |
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Software de punto de venta del comercio
compatible con SET. |
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Software de la pasarela de pagos.
Realiza el procesamiento automatizado de los pagos solicitados por el
comercio. |
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Software de la AC, que permite a una
entidad financiera interceder entre sus clientes (comercios y compradores).
Los clientes necesitan disponer de un certificado. |
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Inconvenientes de SET: Escasa
implantación por su complejidad, falta de compatibilidad entre aplicaciones,
incapacidad para pagos aplazados, compleja jerarquía de autentificación (un
certificado por cada tarjeta, portabilidad, cadenas de certificación). |
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El gobierno ha presentado recientemente
el Plan Info XXI, incidiendo especialmente en la seguridad y las nuevas
tecnologías. |
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La regulación se basa en el Real
Decreto Ley 14/1999 de 17 de septiembre sobre firma electrónica y la Orden
Ministerial de 21 de febrero de 2000, que aprueba el reglamento de los
prestadores de Servicios de Certificación. |
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Firma electrónica avanzada: basada en
un certificado reconocido (expedido por un prestador de servicios de
certificación acreditado) y que haya sido producida por un dispositivo seguro
de creación de firma. Existen prestadores de Servicios de Certificación que
cumplen los requisitos técnicos, pero faltan entes de homologación. |
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La defensa de la privacidad se basa en
la L.O.P.D. 15/99 (sustituta de la L.O.R.T.A.D.), que regula la protección de
datos, el derecho a la información, y la seguridad en el tratamiento de los
mismos. |
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Otras consideraciones: un consumidor
puede anular los pagos por Internet si se han apropiado de su tarjeta (la
carga de la prueba es para el comercio, hasta que se los compradores usen
firma avanzada). |
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Criptonomicón |
|
Información sobre comercio electrónico
y seguridad |
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http://www.iec.es/criptonomicon/comercio/ |
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|
Revista Electrónica de Derecho
Informático |
|
Derecho y Tecnologías de la Información |
|
http://publicaciones.derecho.org/redi/ |
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|
Real Decreto Ley 14/1999 |
|
Regulación de la firma electrónica |
|
http://www.sgc.mfom.es/legisla/internet/rdley14_99.htm |
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|
Kriptópolis |
|
Revista sobre criptografía, seguridad y
privacidad |
|
http://www.kriptopolis.com |
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|
Barrapunto |
|
Información, noticias y comentarios
sobre software libre y privacidad |
|
http://www.barrapunto.com |
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|
|
Google |
|
Buscador de propósito general |
|
http://www.google.com |
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Traducción de la GNU Free Documentation
License |
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Esta es una traducción no oficial de la
GNU Free Document License (GFDL), versión 1.1 (de Marzo de 2.000), que cubre
manuales y documentación. Esta traducción no tiene ningún valor |
|
legal, ni ha sido comprobada de acuerdo
a la legislación de ningún país en particular. Se incluye sólo con propósitos
educativos. Para efectos legales por favor remítase al original en inglés, |
|
que puede obtenerse en Internet en: http://www.gnu.org/copyleft/fdl.html
o por correo postal, puede solicitar una copia escribiendo a: |
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Free Software Foundation, Inc., |
|
59 Temple Place - Suite 330, |
|
Boston, MA 02111, USA |
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Esta traducción fue realizada en Mayo
de 2000 por Igor Támara ikks@bigfoot.com y Pablo Reyes reyes_pablo@hotmail.com.
Fue revisada en Enero de 2001 por Vladimir Támara |
|
tamara@gnu.org. |
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Licencia de Documentación Libre GNU |
|
Version 1.1, Marzo 2000 |
|
Copyright (C) 2000 Free Software
Foundation, Inc. |
|
59 Temple Place, Suite 330, Boston, MA
02111-1307, USA |
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Se permite la copia y distribución de
copias literales de este documento de licencia, pero no se permiten cambios. |
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PREÁMBULO El propósito de esta licencia
es hacer que un manual, libro de texto, u otro documento escrito sea libre en
el sentido de libertad: para asegurar a todo el mundo la libertad efectiva de
copiarlo y redistribuirlo, con o sin modificaciones, bien de manera comercial
o no comercial. En segundo término, esta licencia preserva para el autor o
para quien publica una manera de obtener reconocimiento por su trabajo, al
tiempo que no es considerado responsable de las modificaciones realizadas por
terceros. Esta licencia es una especie de "copyleft" que significa
que los trabajos derivados del documento deben a su vez ser libres en el
mismo sentido. Esta licencia complementa la Licencia Pública General GNU, que
es una licencia de copyleft diseñada para el software libre. Hemos diseñado
esta Licencia para usarla en manuales de software libre, ya que el software
libre necesita documentación libre: un programa libre debe venir con los
manuales que ofrezcan la mismas libertades que da el software. Pero esta
licencia no se limita a manuales de software; puede ser usada para cualquier
trabajo textual, sin tener en cuenta su temática o si se publica como libro
impreso. Recomendamos esta licencia principalmente para trabajos cuyo
propósito sea instructivo o de referencia. |
|
APLICABILIDAD Y DEFINICIONES Esta
Licencia se aplica a cualquier manual u otro trabajo que contenga una nota
del propietario de los derechos de reproducción que indique que puede ser
distribuido bajo los términos de esta Licencia. El "Documento", en
adelante, se refiere a cualquiera de dichos manuales o trabajos. Cualquier
miembro del público es un licenciatario, y será denominado como
"Usted". Una "Versión Modificada" del Documento designa
cualquier trabajo que contenga el Documento o una porción del mismo, ya sea
una copia literal o con modificaciones y/o traducciones a otro idioma. Una
"Sección Secundaria" es un apéndice titulado o una sección
preliminar al prólogo del Documento que tiene que ver exclusivamente con la
relación de quien publica o los autores del Documento con el tema general del
Documento (o asuntos relacionados) y cuyo contenido no entra directamente en
tal tema general. (Por ejemplo, si el Documento es en parte un texto de
matemáticas, una Sección Secundaria puede no explicar matemáticas.) La
relación puede ser un asunto de conexión histórica, o de posición legal,
comercial, filosófica, ética o política con el tema o con materias
relacionadas. Las "Secciones Invariantes" son ciertas Secciones
Secundarias cuyos títulos son denominados como Secciones Invariantes, en la
nota que indica que el documento es liberado bajo esta Licencia. Los
"Textos de Cubierta" son ciertos pasajes cortos de texto que se
listan, como Textos de Portada o Textos de Contra Portada, en la nota que
indica que el documento es liberado bajo esta Licencia. Una copia
"Transparente" del Documento significa una copia para lectura en
máquina, representada en un formato cuya especificación está disponible al
público general, cuyo s contenidos pueden ser vistos y editados
directamente con editores de texto genéricos o (para imágenes compuestas por
pixeles) con programas genéricos para gráficas o (para dibujos) algún editor
de dibujos ampliamente disponible, y que sea adecuado para exportar a
formateadores de texto o para traducción automática a una variedad de
formatos adecuados para ingresar a formateadores de texto. Una copia hecha en
un formato que de otra forma sería Transparente pero cuyo formato ha sido
diseñado para impedir o dificultar subsecuentes modificaciones por parte de
los lectores no es Transparente. Una copia que no es "Transparente"
es llamada "Opaca". Los ejemplos de formatos adecuados para copias
Transparentes incluyen ASCII plano sin formato, formato de Texinfo, formato
de LaTeX, SGML o XML que usen un DTD disponible ampliamente, y HTML simple
que siga los estándares y esté diseñado para modificaciones humanas. Los
formatos Opacos incluyen PostScript, PDF, formatos propietarios que pueden
ser leídos y editados unicamente con procesadores de palabras propietarios,
SGML o XML para los cuáles los DTD y/o herramientas de procesamiento no están
disponibles generalmente, y el HTML generado en una máquina, producido por
algún procesador de palabras solo con propósitos de presentación. La
"Portada" significa, para un libro impreso, la portada misma más
las páginas siguientes necesarias para mantener, legiblemente, el material
que esta Licencia requiere que aparezca en la portada. Para trabajos en
formatos que no tienen Portada como tal, "Portada" significa el
texto cerca a la aparición más prominente del título del trabajo, precediendo
el comienzo del cuerpo del texto. |
|
COPIA LITERAL Usted puede copiar y
distribuir el Documento en cualquier medio, sea en forma comercial o no
comercial, siempre y cuando esta Licencia, las notas de derecho de autor, y
la nota de licencia que indica que esta Licencia se aplica al Documento se
reproduzcan en todas las copias, y que usted no adicione ninguna otra
condición sobre las expuestas en en esta Licencia. No puede usar medidas
técnicas para obstruir o controlar la lectura o copia posterior de las copias
que usted haga o distribuya. Sin embargo, usted puede aceptar compensación a
cambio de las copias. Si distribuye un número suficientemente grande de
copias también deberá seguir las condiciones de la sección 3. Usted también
puede prestar copias, bajo las mismas condiciones establecidas anteriormente,
y puede exhibir copias públicamente. |
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COPIADO EN CANTIDADES Si publica copias
impresas del Documento que sobrepasen las 100, y la nota de Licencia del
Documento exige Textos de Cubierta, debe incluir las copias con cubiertas que
lleven en forma clara y legible, todos esos textos de Cubierta: Textos de
Portada en la portada, y Textos de Contra Portada en la contra portada. Ambas
cubiertas deben identificarlo a usted clara y legiblemente como quien publica
tales copias. La portada debe presentar el título completo con todas las
palabras del título igualmente prominentes y visibles. Usted puede adicionar
otro material en las cubiertas. Las copias con cambios limitados a las
cubiertas, siempre que preserven el título del Documento y satisfagan estas
condiciones, puede considerarse como copia literal. Si los textos requeridos
para la cubierta son muy voluminosos para que ajusten legiblemente, debe
colocar los primeros listados (tantos como sea razonable colocar) en la
cubierta real, y continuar con el resto en páginas adyacentes. Si publica o distribuye
copias Opacas del Documento cuya cantidad exceda las 100, debe incluir una
copia Transparente que pueda ser leída por una máquina con cada copia Opaca,
o indicar en o con cada copia Opaca una dirección en una red de computadores
publicamente accesible que contenga una copia completa y Transparente del
Documento, libre de material adicional, a la cual el público general de la
red tenga acceso para bajar anónimamente sin cargo, usando protocolos de
redes públicos y estándares. Si usted hace uso de la última opción, deberá
tomar medidas razonablemente prudentes, cuando comience la distribución de
las copias Opacas en cantidad, para asegurar que esta copia Transparente
permanecerá accesible en el sitio indicado por lo menos un año después de su última
distribución al público de copias Opacas de esa edición (directamente o a
través de sus agentes o distribuidores). Se solicita, aunque no es requisito,
que contacte a los autores del Documento antes de redistribuir cualquier gran
número de copias, para permitirle la oportunidad de que le provean una
versión actualizada del Documento. |
|
MODIFICACIONES Usted puede copiar y
distribuir una Versión Modificada del Documento bajo las condiciones de las
secciones 2 y 3 anteriores, siempre que usted libere la Versión Modificada
bajo esta misma Licencia, con la Versión Modificada asumiendo el rol del
Documento, por lo tanto licenciando la distribución y modificación de la
Versión Modificada a quienquiera que posea una copia de este. En adición,
debe hacer lo siguiente en la Versión Modificada: |
|
Uso en la Portada (y en las cubiertas,
si hay alguna) de un título distinto al del Documento, y de versiones
anteriores (que deberían, si hay alguna, estar listados en la sección de
Historia del Documento). Puede usar el mismo título que versiones anteriores
del original siempre que quién publicó la primera versión lo permita. |
|
Listar en la Portada, como autores, una
o más personas o entidades responsables por la autoría o las modificaciones
en la Versión Modificada, junto con por lo menos cinco de los autores
principales del Documento (Todos sus autores principales, si hay menos de
cinco). |
|
Establecer en la Portada del nombre de
quién publica la Versión Modificada, como quien publica. |
|
Preservar todas las notas de derechos
de reproducción del Documento. |
|
Adyacente a las otras notas de derecho
de reproducción, adicionar una nota de derecho de reproducción de acuerdo a
sus modificaciones. |
|
Incluir, immediatamente después de la
nota de derecho de reproducción, una nota de licencia dando el permiso
público para usar la Versión Modificada bajo los términos de esta Licencia,
de la forma mostrada más adelante en el Addendum. |
|
Preservar en esa nota de licencia el
listado completo de Secciones Invariantes y de los Textos de las Cubiertas
que sean requeridos como se especifique en la nota de Licencia del Documento. |
|
Incluir una copia sin modificación de
esta Licencia. |
|
Preservar la sección con título
"Historia", y su título, y adicionar a esta una sección
estableciendo al menos el título, el año,los nuevos autores, y quién publicó
la Versión Modificada como reza en la Portada. Si no hay una sección titulada
"Historia" en el Documento, crear una estableciendo el título, el
año, los autores y quien publicó el Documento como reza en la Portada,
añadiendo además un artículo describiendo la Versión Modificada como se
estableció en la oración anterior. |
|
Preservar la localización en red, si
hay , dada en el Documento para acceso público a una copia Transparente del
Documento, así como las otras direcciones de red dadas en el Documento para
versiones anteriores en las cuáles estuviese basado. Estas pueden ubicarse en
la sección "Historia". Se puede omitir la ubicación en red para un
trabajo publicado por lo menos 4 años antes que el Documento mismo, o si
quien publicó originalmente la versión a la que se refiere da permiso. |
|
En cualquier sección titulada
"Agradecimientos" o "Dedicatorias", preservar el título
de la sección, y preservar en la sección toda la sustancia y el tono de los
agradecimientos y/o dedicatorias de cada contribuyente que estén incluídas. |
|
Preservar todas las Secciones
Invariantes del Documento, sin alterar su texto ni sus títulos. Números de
sección o el equivalente no son considerados parte de los títulos de la
sección. |
|
Borrar cualquier sección titulada
"Aprobaciones". Una tal sección no pueden estar incluida en las
Versiones Modificadas. |
|
No retitular ninguna sección existente
como "Aprobaciones" o conflictuar con título de alguna Sección
Invariante. |
|
Si la Versión Modificada incluye
secciones o apendices nuevos o preliminares al prólogo que califican como
Secciones Secundarias y contienen material no copiado del Documento, puede
opcionalmente designar algunas o todas esas secciones como invariantes. Para
hacerlo, adicione sus títulos a la lista de Secciones Invariantes en la nota
de licencia de la Versión Modificada. Tales títulos deben ser distintos de
cualquier otro título de sección. Puede adicionar una sección titulada
"Aprobaciones", siempre que contenga unicamente aprobaciones de su
Versión Modificada por varias fuentes--por ejemplo, observaciones de peritos
o que el texto ha sido aprobado por una organización como un estándar. Puede
adicionar un pasaje de hasta cinco palabras como un Texto de Portada, y un
pasaje de hasta 25 palabras como un texto de Contra Portada, al final de la
lista de Textos de Cubierta en la Versión Modificada. Solamente un pasaje de
Texto de Portada y un Texto de Contra Portada puede ser adicionado por (o a
manera de arreglos hechos por) cualquier entidad. Si el Documento ya incluye
un texto de cubierta para la misma cubierta, previamente adicionado por usted
o por arreglo hecho por la misma entidad, a nombre de la cual usted actua, no
puede adicionar otra; pero puede reemplazar el anterior, con permiso
explícito de quien previamente publicó y agregó tal texto. El(los) autor(es)
y quien(es) publica(n) el Documento no dan con esta Licencia permiso para
usar sus nombres para publicidad o para asegurar o implicar aprobación de
cualquier Versión Modificada. |
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COMBINANDO DOCUMENTOS Puede combinar el
Documento con otros documentos liberados bajo esta Licencia, bajo los
términos definidos en la sección 4 anterior para versiones modificadas,
siempre que incluya en la combinación todas las Secciones Invariantes de
todos los documentos originales, sin modificar, y las liste como Secciones
Invariantes de su trabajo combinado en la respectiva nota de licencia. El
trabajo combinado necesita contener solamente una copia de esta Licencia, y
múltiples Secciones Invariantes idénticas pueden ser reemplazadas por una
sola copia. Si hay múltiples Secciones Invariantes con el mismo nombre pero
con contenidos diferentes, haga el título de cada una de estas secciones
único adicionándole al final de este, entre paréntesis, el nombre del autor o
de quien publicó originalmente esa sección, si es conocido, o si no, un
número único. Haga el mismo ajuste a los títulos de sección en la lista de
Secciones Invariantes en la nota de licencia del trabajo combinado. En la
combinación, debe combinar cualquier sección titulada "Historia" de
los varios documentos originales, formando una sección titulada
"Historia"; de la misma forma combine cualquier seción titulada
"Agradecimientos", y cualquier sección titulada
"Dedicatorias". Debe borrar todas las secciones tituladas
"Aprobaciones." |
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COLECCIONES DE DOCUMENTOS Usted puede
hacer una colección que consista del Documento y otros documentos liberados
bajo esta Licencia, y reemplazar las copias individuales de esta Licencia en
los varios documentos con una sola copia que esté incluida en la colección,
siempre que siga las reglas de esta Licencia para una copia literal de cada
uno de los documentos en cualquiera de todos los aspectos. Usted puede
extraer un solo documento de una de tales colecciones, y distribuirlo
individualmente bajo esta Licencia, siempre que inserte una copia de esta
Licencia en el documento extraido, y siga esta Licencia en todos los otros
aspectos concernientes a la copia literal de tal documento. |
|
AGREGACIÓN CON TRABAJOS INDEPENDIENTES
Una recopilación del Documento o de sus derivados con otros documentos o
trabajos separados e independientes, en cualquier tipo de distribución o
medio de almacenamiento, no cuenta como un todo como una Versión Modificada
del Documento, siempre que no se clamen derechos de reproducción por la
compilación. Tal recopilación es llamada un "agregado", y esta
Licencia no aplica a los otros trabajos auto-contenidos y por lo tanto
compilados con el Documento, o a cuenta de haber sido compilados, si no son
ellos mismos trabajos derivados del Documento. Si el requerimiento de la
sección 3 del Texto de la Cubierta es aplicable a estas copias del Documento,
entonces si el Documento es menor que un cuarto del agregado entero, Los
Textos de la Cubierta del Documento pueden ser colocados en cubiertas que
enmarquen solamente el Documento entre el agregado. De otra forma deben
aparecer en cubiertas enmarcando todo el agregado. |
|
TRADUCCIÓN La traducción es considerada
como una clase de modificación, así que puede distribuir traducciones del
Documento bajo los términos de la sección 4. Reemplazar las Secciones
Invariantes con traducciones requiere permiso especial de los propietarios de
los derechos de reproducción, pero usted puede incluir traducciones de
algunas o todas las Secciones Invariantes además de las versiones originales
de las Secciones Invariantes. Puede incluir una traducción de esta Licencia
siempre que incluya también la versión original en ingles de esta Licencia.
En caso de un desacuerdo entre la traducción y la versión original en Inglés
de esta Licencia, la versión original en Inglés prevalecerá. |
|
TERMINACIÓN Usted no puede copiar,
modificar, sublicenciar, o distribuir el Documento excepto como lo permite
expresamente esta Licencia. Cualquier otro intento de copia, modificación,
sublicenciamiento o distribución del Documento es nulo, y terminarán automáticamente
sus derechos bajo esta Licencia. Sin embargo, los terceros que hayan recibido
copias, o derechos, de su parte bajo esta Licencia no tendrán por terminadas
sus licencias siempre que tales terceros permenezcan en total conformidad. |
|
REVISIONES FUTURAS DE ESTA LICENCIA La
Free Software Foundation puede publicar nuevas y revisadas versiones de la
GNU Free Documentation License de tiempo en tiempo. Tales versiones nuevas
serán similares en espíritu a la presente versión, pero pueden diferir en
detalles para solucionar problemas o intereses. Vea http://www.gnu.org/copyleft/.
Cada versión de la Licencia tiene un número de versión que la distingue. Si
el Documento especifica que una versión numerada particularmente de esta
licencia o "cualquier versión posterior" se aplica a este, tiene la
opción de seguir los términos y condiciones de esa versión especificada o de
cualquiera versión posterior que hubiera sido publicada (no como un borrador)
por la Free Software Foundation. Si el Documento no especifica un número de
versión de esta Licencia, puede escoger cualquier versión que haya sido
publicada(no como un borrador) por la Free Software Foundation. |
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ADDENDUM: Como usar esta Licencia para
sus documentos |
|
Para usar esta licencia en un documento
que usted haya escrito, incluya una copia de la Licencia en el documento y
ponga el siguiente derecho de reproducción y notas de licencia justo |
|
después del título de la página: |
|
|
|
Copyright (C) año su nombre.
Permission is granted to copy, distribute and/or modify this document under
the terms of the GNU Free Documentation License, Version 1.1 or any later
version published by the Free Software Foundation; with the Invariant
Sections being list their titles, with the Front-Cover Texts being list, and
with the Back-Cover Texts being list. A copy of the license is included in
the section entitled ``GNU Free Documentation License''. |
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Si no tiene Secciones Invariantes,
escriba "with no Invariant Sections" en vez de decir cuales son
invariantes. Si no tiene Textos de Portada, escriba "no Front-Cover Texts"
en vez de |
|
"Front-Cover Texts being list";
y de la misma forma para los Textos de Contra Portada. |
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|
Si su documento contiene ejemplos de
código de programa no triviales, le recomendamos liberar estos ejemplos en
paralelo bajo una licencia de software libre de su elección, tal como la |
|
GNU General Public License, para
permitir su uso en software libre. |
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